La Corte Constitucional examinó los considerandos, la pregunta y anexos de la propuesta para reducir el número de asambleístas y determinó que esta cumple con los requisitos de claridad, neutralidad y concordancia. Los jueces señalaron que procede la convocatoria a referendo y dispusieron al Consejo Nacional Electoral (CNE) su inclusión en la papeleta del 16 de noviembre del 2025.
Otros pronunciamientos
La noche de este viernes, la Corte también emitió otros pronunciamientos. Entre ellos, determinó que la propuesta de enmienda presentada por la Asamblea Nacional para habilitar la enajenación de ciertos bienes patrimonio cultural del Estado, mediante esta vía. Esto, debido a que la inalienabilidad de los bienes patrimoniales altera la estructura fundamental de la Constitución.
Sobre los estados de excepción, la Corte declaró la constitucionalidad de esta medida únicamente en Carchi e Imbabura. Además, los jueces determinaron que la suspensión del derecho de reunión y la actuación de las Fuerzas del Orden para garantizar el orden público son constitucionales.
Con respecto a los pedidos de ampliación y aclaración presentados por el Gobierno, la Asamblea y otras instituciones sobre la constitucionalidad de las Leyes de Solidaridad Nacional e Integridad Pública, la Corte Constitucional resolvió negar dichas solicitudes.
Esto, debido a que consideró que las sentencias son "claras y completas", y los recursos reflejan únicamente el descontento de los actores en torno a los dictámenes.