En NotiMundo Estelar, el abogado laboralista Andrés Chong explicó que este acuerdo no constituye una reforma improvisada ni una vulneración a la jerarquía normativa, sino que corresponde a la reglamentación de la Ley para la Promoción de la Economía Violeta, vigente desde hace varios años.
Señaló que la base de esta distribución irregular de la jornada proviene de una Ley Orgánica, lo que le otorga el sustento legal necesario frente al Código del Trabajo.
En cuanto a su aplicación, Chong subrayó que cualquier modificación en la jornada laboral debe realizarse por mutuo acuerdo entre empleador y trabajador y quedar registrada por escrito. Añadió que, en relaciones laborales ya existentes, es necesario elaborar una adenda al contrato original para formalizar el nuevo horario de manera transparente y consensuada.
El especialista también destacó que este modelo puede resultar atractivo para las nuevas generaciones de trabajadores, especialmente los centennials, quienes buscan equilibrar su vida personal y profesional. Asimismo, señaló que sectores como salud, transporte y aviación podrían beneficiarse de estos esquemas, ya que la jornada rígida de ocho horas diarias no siempre se ajusta a la dinámica de sus servicios.
Finalmente, Chong afirmó que la flexibilidad laboral no debe generar temor si existe un adecuado control estatal. Recordó que el Ministerio del Trabajo mantiene su facultad de inspección y que el registro formal de estas jornadas protege a los trabajadores. A su criterio, el verdadero problema radica en los altos niveles de informalidad laboral, que dejan a muchas personas sin acceso a seguridad social.
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