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Sentencia sobre cambio de género: "La CC se excedió y los asambleístas son analfabetos constitucionales", dice José Chalco

Según un fallo de la Corte Constitucional (CC), los adolescentes que deseen modificar su género en la cédula de ciudadanía, podrán hacerlo desde los 12 años, con el cumplimiento de algunos requisitos, además de estar acompañados de sus representantes legales.

17 Marzo de 2026
Fotografía de archivo en la que se captó a un escuadrón policial al resguardar la entrada principal de la sede de la Corte Constitucional del Ecuador.
Fotografía de archivo en la que se captó a un escuadrón policial al resguardar la entrada principal de la sede de la Corte Constitucional del Ecuador. Foto: EFE

"La sentencia de la Corte Constitucional de Ecuador, publicada el 10 de marzo de 2026, según la cual no se puede denegar automáticamente a los menores de 18 años una solicitud de modificación de su género en los documentos de identidad, supone una importante victoria para los derechos de los jóvenes trans", reaccionó la organización Human Rights Watch.

En NotiMundo al Día, José Chalco, abogado constitucionalista, consideró que a la CC "se le ha ido la mano" con esta decisión.

"La CC es un órgano guardián de la Constitución, pero no de la ideología", cuestionó. 

Según Chalco, la CC no puede caer en interpretaciones ilimitadas, donde en un futuro todo podrá ser posible. Recordó, además, que el Derecho tiene presunciones para el adecuado funcionamiento de la sociedad, y que una de ellas es que a los 12 años no se tiene una comprensión emocional, biológica y social suficiente.

"Esa presunción hace que clasifiquemos a los que tienen plena capacidad y a quienes incapacidades: absolutas en ciertos casos, como los niños; o, relativas, como los adolescentes", apuntó. 

En este sentido señaló que la CC está "exagerando" en sus pronunciamientos. "Está muy entusiasta, pero olvidando que, en nuestra Constitución ecuatoriana, todos los derechos son de igual jerarquía", insistió. 

Chalco recordó que en la Ley ecuatoriana se establecía que un adolescente podía modificar su identidad de género, una vez llegada la mayoría de edad. Ahora, la CC señala que desde los 12 años se puede tomar la decisión. 

"Su deber es proteger a los niños, niñas y adolescentes; la CC se ha excedido y los votos de minoría reflexionan de esta ausencia de protecciones específicas que la Corte debió hacer", sentenció. 

Fiscalización desde la Asamblea 

Sobre el proceso de fiscalización que se impulsa desde la Legislatura a esta sentencia, Chalco dijo que, "como son analfabetos constitucionales", están cometiendo un error. 

"Hablan de conmoción social; entonces, ¿van a declarar la causal de muerte cruzada?", criticó. Es una vergüenza lo que están haciendo, insistió el jurista.

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