El dictamen se emitió este viernes 16 de octubre de 2026, tras el análisis del instrumento internacional. Según la Corte, el acuerdo se enmarca en dos causales del artículo 419 de la Constitución, que establecen los casos en los que los tratados internacionales deben pasar por el Legislativo.
Esta decisión corresponde a la primera fase del control constitucional de tratados internacionales. En esta etapa, el organismo determina si un acuerdo requiere aprobación legislativa antes de continuar con el proceso de ratificación. Por tanto, el pronunciamiento no significa que el convenio ya esté ratificado ni que haya entrado en vigor.