Eliminación del CPCCS y juicio político a jueces de la Corte Constitucional no proceden vía enmienda; la reducción de asambleístas tiene luz verde
La Corte Constitucional emitió tres dictámenes en torno a propuestas de enmienda, reforma parcial y consulta popular, presentadas por el Gobierno. En el caso de las iniciativas que se plantearon como enmienda, se dieron las siguientes puntualizaciones.
Enmiendas
La contratación laboral por horas en el sector turístico sí procede por esta vía, así como también la reducción del número de asambleístas. Sobre estos temas la Corte determinó un ajuste limitado que respeta los derechos adquiridos y responde a la naturaleza estacional de esa actividad económica. Además, sostiene que, en el caso de los legisladores, se mantienen los criterios de representación territorial y poblacional.
Por su parte, no proceden por enmienda las propuestas de eliminación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), ni el juicio político a los jueces de la Corte Constitucional. Esto, debido a que, la eliminación del CPCCS alteraría la estructura del Estado, y en el caso de la fiscalización a los magistrados, comprometería los principios fundamentales de la Constitución, como la independencia judicial y el sistema de pesos y contrapesos.
Reforma parcial
La Corte Constitucional analizó la propuesta de reforma parcial acerca de la aplicación de la castración química a violadores con sentencia ejecutoriada. El organismo determinó que la iniciativa no era procedente por esta vía, debido a que no es "idónea" para proteger de forma efectiva a las víctimas de delitos sexuales. Además, consideró que el registro sería excesivamente indeterminado, sin claridad sobre su alcance y temporalidad.
Asimismo, puntualizó que no existiría sustento científico que demuestre que la castración química reduce la reincidencia y que los delitos sexuales dependen solo del impulso sexual.
Consulta popular
Finalmente, la Corte analizó la propuesta de consulta popular para permitir la reapertura de casinos y salas de juego en hoteles de cinco estrellas, establecer un tributo del 25% de las ventas y destinar lo recaudado a programas contra la desnutrición crónica infantil.
De acuerdo con los jueces, los considerandos no cumplían con la exigencia de claridad ni con una relación directa con la pregunta consultada. Esto, advirtieron, generaría confusión en el elector sobre temas de los cuales carece de suficiente información.
A esto, señalaron, se suma que la pregunta sea compuesta. La reapertura de casinos en hoteles de cinco estrellas, la creación del tributo y el destino específico de lo recaudado fueron los tópicos que, según la Corte, limitarían al elector su votación en bloque.
