La Ley Orgánica de Transparencia Social, cuarta normativa económica urgente aprobada recientemente por la Asamblea Nacional, fue demandada ante la Corte Constitucional (CC) por el ciudadano Carlos Hernán Heredia Fiallo, quien argumenta que la ley presenta vicios de inconstitucionalidad insubsanables. La acción fue presentada el 4 de septiembre, días después de la publicación oficial de la norma el 28 de agosto.
El demandante señaló que la ley viola principios fundamentales como el de unidad de materia, el deber de deliberación, la seguridad jurídica y la supremacía constitucional, debido a la inclusión de disposiciones reformatorias que, según su criterio, no guardan relación con el objetivo principal de la normativa. Entre estas se destacan la cuarta y sexta en materia tributaria y la quinta en materia minera, que habrían sido incorporadas como un mecanismo para aprobar reformas sin un debate separado y específico.
La Ley de Transparencia Social tiene como propósito regular la operación de organizaciones sociales sin fines de lucro, incluyendo fundaciones, así como aspectos tributarios, mineros y las competencias de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE). La norma consta de 18 artículos, 10 disposiciones generales, 9 transitorias, 7 reformatorias y 3 finales.
La causa fue asignada al juez constitucional Raúl Llasag, quien deberá analizar los argumentos y decidir sobre la constitucionalidad de la ley en su totalidad, ante la presunta violación insubsanable del principio de unidad de materia que alega el accionante.
