Movilidad urbana

Concejo Metropolitano de Quito aprueba la implementación de la tercera placa

El Concejo Metropolitano dio luz verde al uso del Dispositivo Electrónico de Identificación Vehicular, que no rastrea ubicación y será obligatorio para el parque automotor de la ciudad.

El Concejo Metropolitano de Quito aprobó este martes la ordenanza que autoriza la implementación del Dispositivo Electrónico de Identificación Vehicular (DEIV), conocido como la "tercera placa", una herramienta tecnológica que permitirá optimizar la gestión del tránsito en el Distrito Metropolitano.

El dispositivo, similar a un TAG electrónico, será colocado en el parabrisas de los vehículos y almacenará únicamente dos datos: número de placa y chasis. Las autoridades municipales recalcaron que el sistema no identifica al conductor ni al propietario del automotor, ni funciona como un mecanismo de geolocalización, ya que su tecnología se basa en radiofrecuencia para validar e identificar el tipo de vehículo en circulación.

El alcalde Pabel Muñoz señaló que esta iniciativa abre la posibilidad de que Quito se posicione como una ciudad referente en la aplicación de tecnología para la movilidad. Explicó que el uso del DEIV permitirá tomar decisiones basadas en información real y actualizada, mejorando no solo el tránsito, sino también otros procesos urbanos.

Desde el Concejo, Diego Garrido, presidente de la Comisión de Movilidad, indicó que el dispositivo será único e intransferible y facilitará una identificación precisa de cada vehículo en los distintos puntos de control, lo que fortalecerá la regulación del tránsito y del transporte en la capital.

La ordenanza establece un plazo de 30 días para definir el modelo de gestión del proyecto. Luego se iniciará el proceso de contratación pública, que podría extenderse por aproximadamente cuatro meses, con el objetivo de arrancar la implementación del DEIV desde julio, en coordinación con la revisión técnica vehicular de ese período.

Entre los beneficios adicionales, el Municipio evalúa la posibilidad de permitir, de forma excepcional, la circulación de vehículos durante el "pico y placa" en casos de emergencia, mediante un pago que habilite temporalmente el tránsito para atender situaciones como citas médicas u otros imprevistos.

La normativa también contempla sanciones para quienes incumplan la disposición. Las infracciones leves tendrán una multa del 15 % del Salario Básico Unificado (SBU); las graves, del 30 %; y las muy graves, del 50 %, especialmente en casos de manipulación del dispositivo o inconsistencias entre el DEIV y los datos registrados del vehículo.