El alto tribunal determinó que la primera de estas normas "mezcló materias económicas, penales y de seguridad, usando indebidamente el procedimiento de urgencia económica", mientras que la segunda ley vulneró "la unidad de materia, publicidad y deliberación democrática".
"Estas decisiones recuerdan que ninguna ley puede aprobarse con atajos que limiten el debate público o sin una verdadera justificación económica", señaló la Corte en un comunicado.
La ministra de Gobierno, Zaida Rovira, cuestionó la decisión de la Corte y arremetió contra los jueces constitucionales. "Ya sabemos para quienes trabajan y a quiénes sirven. Les arrebataron a los ciudadanos las herramientas para enfrentar a las mafias, a los narcos y corruptos", fue el mensaje publicado por la funcionaria en su cuenta de X.
En NotiMundo al Día, Salim Zaidán, abogado constitucionalista, explicó que el principal problema de la Ley de Solidaridad fue que el contenido no era económico. El jurista señaló que en el análisis de la Corte se toman en cuenta dos procedimientos: el ordinario y el abreviado.
En este último caso, el control de la CC es más riguroso, debido a que se restringe la participación de la ciudadanía y expertos en el trámite de la construcción de la Ley. "Lo que normalmente se hace en 180 días, aquí se hace en un mes", agregó.
Sobre la Ley de Integridad Pública, Zaidán recordó que la normativa inicialmente estaba enfocada en reformas a la contratación pública y a la Ley Orgánica de Servicio Público. En este caso -dijo- sí se respetó la unidad de materia, pero no se respetó el Artículo 62 de la Ley Orgánica de la Función Ejecutiva (LOFL).
"En este caso, durante el desarrollo del segundo debate, Andrés Castillo (ADN) mocionó incorporar cambios que no tenían relación con las compras públicas y el servicio público", explicó.
Finalmente, la CC observa no respetar la unidad de materia, porque se introdujeron reformas relacionadas con los adolescentes en conflicto con la ley penal, temas de deportación, entre otros que no tenían nada que ver.
Sobre las desvinculaciones de servidores públicos, contemplado en el plan de eficiencia administrativa en la Ley de Integridad, Zaidán aclaró que los afectados no podrán evocar esta sentencia para justificar su reintegro, porque no tiene efectos retroactivos.
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