Desde ADN, se destaca que entre los principales cambios incorporados constan las definiciones para el Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria, así como la corrección de un conflicto de competencias, relacionado con las atribuciones asignadas a la máxima autoridad.
Sin embargo, desde otros sectores se generan cuestionamientos. Para Mariana Yumbay, de Pachakutik, la normativa no incorpora nada nuevo al ordenamiento jurídico.
Al contrario, dijo la asambleísta, de nada servirá tener más legislación en torno a la crisis carcelaria si no existe un control total del Estado en los establecimientos penitenciarios.
En NotiMundo al Día, Yumbay sostuvo que la crisis en el sistema penitenciario es "real, profunda y dolorosa", pero también enfrenta otro riesgo: "que en nombre de la seguridad se debilite el Estado constitucional de derechos y justicia".
A su criterio, la solución en esta área no pasa por sacrificar garantías fundamentales, por lo que esta normativa no resuelve la crisis, sino que la agrava.
Recordó que el Artículo 201 de la Constitución establece que el sistema penitenciario tiene como finalidad la rehabilitación y la reinserción social, no un castigo desmedido ni control sin límites.
"El debate no es entre seguridad o derechos; el verdadero desafío que deberíamos tener es construir seguridad con derechos", apuntó.
Para la legisladora, cuando el Estado actúa sin control judicial y constitucional, amplía la discrecionalidad administrativa o normaliza el uso de la fuerza, se abre la puerta a los abusos y violaciones de derechos.
Yumbay insistió en que muchos de planteamientos que recoge la Ley ya constan en distintas normativas, como el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
"Hace falta una voluntad política del Estado para cumplirlas y dotar de suficientes recursos económicos, y eso es lo que no se está haciendo", acotó.
Criticó, además, que uno de los artículos reformados, el 668 del COIP, contempla el traslado de las Personas Privadas de la Libertad (PPL) sin control judicial. Actualmente, se pueden presentar recursos por distintos motivos, pero con la nueva disposición esto ya no será posible.
"¿Cómo se puede establecer en una disposición legal un impedimento de acceder a una garantía constitucional? Esto lo vuelve inconstitucional", afirmó.
Sobre la prisión preventiva, Yumbay cuestionó que ahora se podrá trasladar al investigado a centros carcelario de máxima seguridad, en lugar de ubicarlo en centros provisionales, como se establecía sin la reforma, lo que "violenta" la norma constitucional, advirtió.
Lo que se requiere, agregó, es un plan serio y de largo plazo para lograr una verdadera rehabilitación y reinserción social.
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