Reforma al Reglamento de la Ley de Propiedad Horizontal

¿Debes la alícuota? Esto es lo que pueden prohibirte en tu edificio

La reforma al Reglamento de Propiedad Horizontal introduce cambios que impactan directamente a quienes viven en edificios, urbanizaciones y condominios en Ecuador. Entre las principales novedades está la posibilidad de restringir el acceso a ciertos servicios no esenciales a los copropietarios en mora, mientras se refuerzan las normas para la administración, el cobro de alícuotas y la convivencia. El abogado experto en litigios y asuntos inmobiliarios, Carlos Coello, explica qué cambia y cuáles son los derechos que se mantienen protegidos.

Coello explica que el reglamento está enfocado en edificios, condominios y urbanizaciones con bienes y servicios compartidos, estableciendo cuáles son esenciales y cuáles no

Entre los cambios más importantes está que la administración podrá limitar el uso de servicios no esenciales, como piscinas, zonas BBQ, áreas húmedas, calefacción y otros sistemas compartidos, cuando un copropietario se encuentre en mora.

Sin embargo, aclara que no podrán restringirse derechos fundamentales como el acceso al agua potable, el ingreso al departamento o al parqueadero propio, ya que estos son considerados servicios esenciales. Incluso menciona una particularidad de la norma: si el agua caliente es centralizada, sí podría suspenderse, mientras que el suministro de agua fría nunca podrá ser cortado.

Otro cambio relevante tiene que ver con el pago de las alícuotas. El abogado señala que, si un propietario se atrasa incluso un solo día, desde la siguiente jornada comienzan a generarse intereses por mora mediante un cálculo proporcional. 

No obstante, la reforma también permite que cada reglamento interno establezca los plazos y las condiciones para aplicar esos intereses. Además se abre la posibilidad de celebrar convenios de pago para evitar que las deudas escalen hasta procesos judiciales.

Coello advierte que, si la administración deja pasar demasiado tiempo sin iniciar un reclamo o una demanda, esos valores podrían prescribir. La normativa también fortalece la administración de los conjuntos habitacionales y promueve mecanismos para una gestión más transparente.

El especialista añade que la reforma también establece que, cuando una constructora no entrega la obra al 100 %, será esa empresa la que deba asumir el pago de alícuotas y otros gastos hasta completar la entrega. Asimismo, recuerda que las asambleas de copropietarios siguen siendo el espacio para llegar a acuerdos, elegir o cambiar administradores y actualizar los reglamentos internos, los cuales recomienda revisar periódicamente para adaptarlos a las nuevas necesidades de la comunidad. 

Finalmente, destaca que es obligatorio inscribir legalmente a las directivas y mantener formalizada la administración con una dirección establecida, con el objetivo de fortalecer la organización y mejorar la convivencia en edificios, condominios y urbanizaciones.