Deliverys, motos, scooters eléctricos y más

Guillermo Abad explica los principales cambios en la Ley de Tránsito

La nueva reforma a la Ley de Tránsito ya está vigente en Ecuador y trae cambios que impactan a conductores, repartidores, motociclistas y usuarios de nuevas formas de movilidad. Para Guillermo Abad, principal de Justicia Vial, más que una modificación aislada se trata de una actualización necesaria de una norma que debe adaptarse a una realidad que cambia constantemente.

Uno de los cambios que destaca Abad está relacionado con el servicio de delivery. Explica que la regulación busca mejorar la seguridad, por lo que los repartidores deberán registrarse de manera obligatoria, a diferencia del mecanismo voluntario que había planteado el Municipio de Quito. El objetivo, señala, es que exista un mayor control sobre quiénes realizan esta actividad y bajo qué condiciones circulan. La nueva normativa también contempla mecanismos de intercambio de información y, según el experto, se busca una interconexión con el ECU 911 para mejorar la seguridad, incluso en servicios de transporte solicitados mediante aplicaciones. La reforma crea un registro nacional para conductores y vehículos vinculados a esta actividad y establece requisitos de identificación y seguridad para los repartidores.

Sin embargo, Abad advierte que todavía falta una pieza fundamental: el reglamento que permitirá aplicar varios de estos cambios. La nueva ley establece un plazo de 180 días para su expedición, por lo que considera necesario que este documento mantenga coherencia con la normativa aprobada. En este proceso, hace un llamado a quienes trabajan en el mundo de la movilidad para mantenerse atentos a la elaboración y aplicación del reglamento. 

La reforma también modifica las reglas sobre las competencias de los gobiernos locales en materia de tránsito. Abad señala que algunos Gobiernos Autónomos Descentralizados han confundido independencia con autonomía y recuerda que, aunque los GAD tienen autonomía, deben actuar dentro de la norma general.

En cuanto a los scooters y motos eléctricas, advierte que Ecuador debe evitar que se repita un escenario de falta de control y señala que estos vehículos pueden ser importados como juguetes, sin un registro adecuado de quienes los conducen. También alerta sobre el uso por parte de menores de edad y recuerda que estos vehículos pueden estar involucrados en siniestros graves. La nueva normativa contempla reglas para la micromovilidad y establece que la clasificación dependerá, entre otros factores, de las características y potencia del vehículo; el reglamento deberá precisar su correcta circulación y restricciones.

Por otro lado y sobre los temas que genera debate, están: el uso de radares y las licencias. Abad sostiene que los radares, por sí mismos, no son el problema y afirma que este sistema ha contribuido a salvar vidas a nivel mundial; a su criterio, la dificultad estuvo en la forma en que se delegó su funcionamiento. Sobre las licencias, considera que la Agencia Nacional de Tránsito se equivocó al implementar un plan piloto a escala nacional relacionado con la eliminación de turnos, porque esto podría generar una acumulación de solicitudes.

Abad reconoce que toda reforma puede tener aspectos positivos y negativos, pero insiste en que el punto clave será su aplicación. En su opinión, al igual que ocurrió con la reforma de 2021, esta nueva normativa necesita un reglamento de ejecución que permita llevar lo aprobado a la práctica y garantizar una movilidad más segura. 

Para él, modernizar las reglas es indispensable porque la movilidad también evoluciona: hoy existen plataformas de delivery, scooters, motos eléctricas y nuevas formas de transporte que requieren controles adecuados. La reforma entró en vigencia el 30 de septiembre de 2026, por lo que los próximos meses serán determinantes para conocer cómo se implementarán sus disposiciones.