Mediante Decreto Ejecutivo 199, el presidente Daniel Noboa autorizó que durante el año 2026 los sectores de salud, educación y justicia puedan financiar parte de sus gastos con ingresos no permanentes, como endeudamiento público o la venta de activos estatales. La disposición fue emitida el 30 de octubre, un día antes de que concluya el plazo para la entrega del Presupuesto General del Estado a la Asamblea Nacional.
El documento introduce una excepción a la regla fiscal, que usualmente obliga a cubrir los egresos permanentes —como sueldos, servicios y mantenimiento operativo— con ingresos permanentes del Estado. Según el Ejecutivo, la decisión responde a una brecha estructural presupuestaria, ya que los ingresos regulares no crecen al mismo ritmo que las necesidades de gasto público.
De acuerdo con el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas (Coplafip), los ingresos no permanentes son aquellos que el Estado obtiene de manera temporal ante circunstancias excepcionales, como la venta de petróleo, la contratación de deuda o la comercialización de bienes públicos.
El Ministerio de Economía y Finanzas recomendó aplicar esta medida para aliviar la presión fiscal y garantizar la continuidad de los servicios en los tres sectores mencionados. Además, deberá emitir las directrices y lineamientos que orienten la reestructuración de los presupuestos institucionales conforme a la nueva disposición.
La verificación del cumplimiento de la regla fiscal se realizará mediante los reportes oficiales de la proforma y liquidación presupuestaria del próximo año.
La resolución, emitida a pocas horas de la entrega del presupuesto 2026, refleja la compleja situación económica del país y la necesidad del Gobierno de recurrir a fuentes extraordinarias de financiamiento para sostener los servicios esenciales del Estado.
