Reforma sobre el apoyo complementario de las FF.AA. es una estrategia para eludir el control constitucional, cuestiona Salim Zaidán
Con 83 votos a favor, la Asamblea Nacional aprobó la Ley que regula el apoyo complementario de las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional. La normativa, que reforma el artículo 158 de la Constitución, permitirá que los militares participen en operaciones de seguridad interna sin necesidad de que previamente se declare un estado de excepción. Durante el debate, la presidenta de la Comisión de Seguridad, Inés Alarcón, aclaró que esta iniciativa no sustituirá las funciones del Ejército o la Policía, sino que apunta a un trabajo articulado.
Desde el correísmo, la asambleísta Paola Cabezas cuestionó que las reformas no estipulen límites en el accionar de las Fuerzas Armadas. La legisladora señaló que la normativa corta las facultades de fiscalización de la Asamblea contra funcionarios que incurran en abusos, lo que, a su criterio, podría dar paso a la impunidad de miembros de las Fuerzas del Orden.
Alfredo Serrano, asambleísta por el Partido Social Cristiano, coincidió con la legisladora Cabezas acerca de artículos que fueron eliminados dentro de las reformas entre el primer y segundo debate. Además, lamentó que también se haya modificado la sección relacionada a la fuente de financiamiento de este nuevo mecanismo para enfrentar al crimen organizado.
Salim Zaidán, decano de la Facultad de Jurisprudencia de la Uniandes, consideró que el proyecto podría estar mejor estructurado. A su criterio, el contenido final "deja mucho que desear" por cuanto no se establecen definiciones claras de los principios de excepcionalidad y temporalidad del régimen de apoyo de las Fuerzas Armadas.
Si bien se habla de una insuficiencia operativa de la Policía para que el Ejército contribuya en la seguridad interna, existe una amplia discrecionalidad, según Zaidán, en cuanto al protocolo para entrar en vigencia. El Presidente de la República deberá recibir un informe del comandante de Policía y requerir reportes del Cosepe antes de fundamentar su decisión.
A esto, dijo el abogado, se suma que parámetros de control institucional que en el caso del estado de excepción eran más rigurosos y, ahora, se redujeron. Esto, debido a que la Corte Constitucional tiene un marco regulatorio para analizar las declaratorias de excepción, algo que no se especifica en este caso.
"Es una ágil estrategia del entorno gubernamental para eludir el control constitucional de los estados de excepción", cuestionó.
Otro de los cuestionamientos, según el jurista, es que más allá del efecto disuasivo de los militares en las calles, exista una preparación y entrenamiento en su asistencia para la seguridad interna. Recordó que, sus facultades se centran en la eliminación de objetivos en el marco de un conflicto bélico, más no en la convivencia pacífica.
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