Daniel Noboa firma decreto para viaje a Perú: lo que busca Ecuador en la cita binacional
El presidente de la República, Daniel Noboa, suscribió el Decreto Ejecutivo N.º 523 mediante el cual declaró en comisión de servicios a la comitiva oficial que lo acompañará durante su viaje a Lima, Perú, donde participará en el Encuentro Presidencial y XVII Gabinete Binacional Perú-Ecuador el próximo 20 de octubre de 2026. La medida también dispone que la Asamblea Nacional sea informada sobre el viaje, en cumplimiento de lo establecido en la Constitución.
De acuerdo con el decreto, la presencia del mandatario ecuatoriano en este encuentro binacional tiene como objetivo fortalecer las relaciones entre Ecuador y Perú, así como impulsar acciones conjuntas en áreas consideradas estratégicas para ambos países, entre ellas la seguridad, el comercio, la integración y el desarrollo de las zonas fronterizas.
El documento señala que la comitiva oficial estará integrada por servidores públicos que sean designados por sus respectivas instituciones, en función de sus competencias y de los temas contemplados en la agenda presidencial. La Secretaría General de la Administración Pública, Planificación y Gabinete de la Presidencia será la encargada de notificar a las entidades que conformarán tanto la comitiva oficial como el equipo de apoyo.
Reforzar la cooperación bilateral
En los considerandos del decreto, el Ejecutivo sostiene que la participación del jefe de Estado en el Gabinete Binacional permitirá afianzar los vínculos diplomáticos con Perú y promover mecanismos de cooperación en asuntos de interés común.
El Gobierno destaca que los encuentros binacionales constituyen espacios de coordinación política y técnica entre ambas naciones, especialmente en temas relacionados con seguridad fronteriza, intercambio comercial, conectividad e integración regional.
Gastos serán asumidos por cada institución
El Decreto Ejecutivo también establece que los viáticos, pasajes y demás gastos derivados del desplazamiento de los integrantes de la delegación serán cubiertos por los presupuestos de las instituciones a las que pertenecen los funcionarios designados, de acuerdo con la normativa vigente.
Asimismo, la disposición general ordena poner en conocimiento de la Asamblea Nacional el viaje presidencial, conforme al último inciso del artículo 144 de la Constitución de la República.
La disposición final determina que el decreto entró en vigencia desde la fecha de su suscripción, el 19 de octubre de 2026, en el Palacio Nacional de Quito, sin perjuicio de su posterior publicación en el Registro Oficial.
Fuente: Expreso