Remoción municipal

Concejo Municipal de Loja aprueba remoción del alcalde Franco Quezada por presunto incumplimiento legal

Con nueve votos a favor, el cuerpo edilicio acogió el informe de la Comisión de Mesa que concluyó que el burgomaestre violó normas del COOTAD. El alcalde puede apelar ante el TCE.

El Concejo Municipal de Loja resolvió este jueves 26 de junio de 2025 remover del cargo al alcalde Franco Quezada Montesinos, tras un proceso administrativo que se inició con una solicitud presentada hace exactamente un mes por el ciudadano Ramiro Delgado, respaldado por su equipo jurídico.

La petición, formalizada el 26 de mayo, se basó en supuestos incumplimientos del COOTAD, especialmente del artículo 333, literal C, que sanciona el incumplimiento comprobado de resoluciones u ordenanzas sin causa justificada. El documento fue entregado en la Unidad de Gestión Documental del Municipio y revisado por una Comisión de Mesa, conformada por los concejales Pablo Carrión, Lenin Cuenca y Miguel Castillo.

Tras un periodo probatorio de 10 días hábiles, donde ambas partes presentaron pruebas, la Comisión elaboró un informe que concluyó que el alcalde incumplió la resolución CML-017-2024, relacionada con transparencia y ejecución presupuestaria, y que autorizó el traspaso de fondos para el cubeto de residuos sólidos de forma contraria a los artículos 257 y 258 del COOTAD.

La sesión extraordinaria fue convocada por la vicealcaldesa Diana Guayanay y durante la lectura del informe, el concejal Castillo detalló las infracciones legales. La votación concluyó con 9 votos a favor de la remoción y 2 en contra, alcanzando la mayoría calificada necesaria para ejecutar la medida.

Entre los que votaron a favor estuvieron: Carrión, Castillo, Cuenca, Erráez, Espinosa, Ludeña, Patiño, Quiñónez y Yaguana. En contra se pronunciaron los concejales Gaona y Vélez.

Aunque el alcalde Quezada fue separado del cargo de manera provisional, la decisión aún puede ser revisada. Según la normativa vigente, dispone de tres días hábiles para apelar ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE). Si lo hace, el expediente será enviado al organismo, que deberá emitir un fallo en un plazo máximo de diez días hábiles.

Hasta que el TCE emita una resolución, el alcalde continuará ejerciendo sus funciones de forma transitoria. Si el fallo ratifica la decisión del Concejo, se hará efectiva su remoción definitiva; en caso contrario, el proceso será archivado.